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Las galletas infantiles enfrentan ética y salud en torno a las entidades médicas que las avalan

HOSTELVENDING.com 19/02/2016.- No es la primera vez que se pone en duda el apoyo de determinadas entidades médicas a productos considerados como “poco saludables”. Ya ocurrió en su momento con las leches de fórmula y desde hace un tiempo a esta parte con las galletas.

Como alimentos de gran consumo, con especial incidencia entre la población infantil, las galletas vuelven a estar en el punto de mira después de que la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial de España publicase el pasado 6 de febrero un informe en el que criticaba que organizaciones que agrupan a profesionales de la salud “avalen productos alimentarios de dudoso beneficio para la salud”.

Existe cierta batalla entre interpretaciones y defensa de esos sellos que las marcas incluyen en las cajas y que, en la mayoría de los casos, informan sobre la colaboración de la empresa con la Asociación Española de Pediatría. Es un logo que no necesariamente indica que se trate de un producto de consumo recomendado, ya que hace referencia a que la marca, a través de sus programas de promoción de hábitos alimentarios equilibrados, programas de formación y promoción de la salud y acciones puntuales en centros escolares o a través de campañas de comunicación, intenta cumplir con los decálogos elaborados por la AEP.

Otra cosa es la interpretación que se puede hacer de ese sello, la percepción que puede tener la persona que lo compra o incluso si, a pesar de ser una empresa colaboradora con este tipo de organismos, debería poder hacer gala de ello de esa manera incitando al error.

La Comisión Central de Deontología lo tiene claro y considera que “no es ético que entidades médicas avalen productos alimentarios de dudoso beneficio para la salud”.

La Asamblea General de la Organización Médica Colegial ha aprobado una declaración de la Comisión Central de Deontología sobre los conflictos ético-deontológicos que plantea la publicidad avalada por instituciones, organizaciones y sociedades científico médicas en la que se concluye que es contrario a la ética avalar productos alimentarios de dudoso beneficio para la salud y, mucho menos, cuando puedan ser incluso perjudiciales.

“Considera que, más allá de lo que se anuncie, parece grave que se preste la imagen de médicos y sociedades científicas para avalar la superioridad y excelencia de determinados productos alimentarios o de marcas comerciales sobre otras sin que se haya probado la base científica sobre la que se sustenta esta publicidad”, señala el escrito.

La Comisión señala que podría tratarse de una forma de publicidad subliminal de un producto que por sus altos contenidos en azúcares no es el más recomendado para la población infantil.

Es más, en su repaso a estos comportamientos, la Comisión hace referencia a las aportaciones que realizan estas empresas para el sostenimiento de la actividad investigadora de médicos e instituciones, algo que califica como “necesario” pero siempre que haya transparencia y se asuman responsabilidades. Sin embargo, considera que es “contrario a la deontología médica solicitar o aceptar contraprestaciones a cambio de prestar la imagen de la profesión médica para avalar productos alimenticios de dudosa salubridad, así como hacer publicidad engañosa o encubierta o promoción de un producto de consumo sin el suficiente soporte científico”.

La Asociación de Pediatría aún no ha respondido de manera oficial a esta nueva crítica, pero ya lo hizo el año pasado publicado una “Aclaración sobre las galletas”, impulsada desde el Comité de Nutrición. En relación a este mismo supuesto de aval hacia un producto como las galletas, la AEP señala que no los concede a ningún producto y que en el caso de determinadas marcas incluso instó a las empresas a que retiraran la información que podía inducir a una mala interpretación.

Asimismo afirmaba que “la AEP, y siempre de acuerdo con las normas contenidas en su Marco Ético y con las recomendaciones de su Comité de Bioética, mantiene acuerdos de colaboración con organizaciones y entidades para fomento de la formación y programas de RSC (responsabilidad social corporativa) para actividades de promoción de la salud infantil, entre ellas, con empresas de distintos sectores. Estos acuerdos no afectan, en ningún caso a productos, y si estas empresas quieren hacer pública esta colaboración solo tienen autorización para señalar que son entidad “colaboradora” con la AEP”.

Sin embargo, su interpretación de los beneficios alimentarios de las galletas dista mucho del que se deriva de la declaración realizada por la Organización Médica Colegial de España. Para empezar hace referencia a un concepto que utilizan muchos nutricionistas y que destaca el hecho de que no existen alimentos buenos o malos de por sí, teniendo que ser considerados en el conjunto de una alimentación global que, en este caso sí, puede ser saludable o no.

“La galletas –como otras formas de cereales– son buenos instrumentos para conseguir hacer una dieta variada y saludable. En este sentido, el Comité de Nutrición de la AEP considera que las galletas son un alimento sano si se consumen en las cantidades adecuadas y dentro de una dieta variada. Por ello, desde la AEP insistimos en la importancia de una alimentación equilibrada”, sentenciaba.

Tanto por su aceptación como por su valor nutricional, las galletas son un buen alimento para el desayuno y la merienda declara la AEP. Si se considera que el desayuno debe proporcionar un 25% del aporte energético de la dieta diaria para una dieta de 1.500 kcal, eso corresponde a 375 kcal, que supone un vaso de leche (140 kcal) más un paquete de cuatro galletas (200 kcal) más una pieza de fruta pequeña (50-75 kcal). Igual podemos decir para la merienda.

A esto añade que “las galletas se caracterizan por su elevado valor energético (400-490 kcal/100 gramos) y en su composición destaca el contenido en hidratos de carbono (60%-70%), entre los que se encuentran los polisacáridos (almidón) y altos contenido de azúcar (25%-35%); su contenido en lípidos es del 12%-25%. Los azúcares son el ingrediente básico de las galletas dulces y constituyen el 40% del total de hidratos de carbono.” “La ración media es de 4-5 unidades, que equivalen a 30-35 gramos de producto y un aporte energético de 135-160 kcal”, tomando como referencia el Tratado de Nutrición.

No es la misma visión la que tienen muchos profesionales de la salud que, por el contenido en grasas y azúcares, consideran las galletas como un alimento que debiera ser de consumo esporádico atendiendo a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre consumo diario de azúcares en niños.

Los niños dejarán de comer galletas en el colegio

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