Las máquinas expendedoras andaluzas deberán tener dispositivos sonoros e instrucciones en Braille
El Gobierno de Andalucía aprobó el pasado 7 de julio el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En su artículo 53 se tratan también las condiciones a las que deben sujetarse las máquinas expendedoras instaladas para el uso público, donde destaca, entre otros requisitos, la obligatoriedad de que las expendedoras con instrucciones de uso dispongan de sistema Braille, además de dispositivos de información sonora.