El Gobierno de Aragón requiere una lista de las empresas vending de comida preparada

Ayer día 3 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial de Aragón la orden (con fecha del 13 de octubre) de la Consejería de salud y consumo de esta comunidad, por la que se establecen una serie de nuevos requisitos y condiciones sanitarias relativas a las empresas que tratan las comidas preparadas, incluidas las empresas de vending. Esta corrección al Decreto de mayo de 2006 viene a concretar y aclarar algunos aspectos entonces definidos.En cuanto al apartado especial que concierne a las máquinas expendedoras de comidas preparadas, esta orden indica que las empresas dedicadas a este sector estarán obligadas (según el artículo 80 del Decreto) a inscribirse en una "lista", que será única para toda la comunidad autónoma.
Según se detalla en el artículo decimotercero de la citada orden, para poder inscribirse en esta lista, las empresas interesadas deberán comunicar a las autoridades competentes sus datos de identificación y la ubicación del parque de máquinas, así como de los almacenes y otras instalaciones de similar uso, y sus datos de autorización. Por otra parte, se requiere también de las empresas que presenten un "programa de autocontrol, referido a la higiene de los alimentos, basado en los principios del sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC/HACCP)".