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En vigor la regulación de los alimentos en máquinas expendedoras de centros sanitarios

En vigor la regulación de los alimentos en máquinas expendedoras de centros sanitarios

HOSTELVENDING.COM 21/02/2023.- A partir de ayer, 20 de febrero, ya es oficial la nueva regulación que Cataluña aplicará a los alimentos y bebidas saludables dispensados por máquinas automáticas, cafeterías y comedores implementados en hospitales y centros de salud públicos, limitándose la venta de productos con altos contenidos en azúcar, grasas y sal.

A partir de ahora, la oferta de alimentación y bebidas que podemos encontrar en el entorno sanitario será auténticamente saludable. Con el objetivo de “predicar con el ejemplo”, el sistema sanitario de Cataluña ya regula un nuevo “Plan para la Promoción de la Salud a través de la Actividad Física y la Alimentación Saludable”, que incide directamente en las máquinas expendedoras instaladas en los centros de salud.

Así, todos los alimentos y bebidas dispensados por la distribución automática, comedores y/o cafeterías, pasarán un nuevo escáner para asegurar que los productos son saludables; evitando así una oferta de alimentos altos en azúcar, grasas y sal.

Lo hacía público la Generalitat mediante un comunicado en el que explicaba cómo se llevará a cabo esta medida, impulsada por la Agencia de Salud Pública de Cataluña a través de una instrucción del Servicio Catalán de Salud. En concreto, el plan fija los criterios alimenticios y nutricionales para alimentos y bebidas envasadas, y antepone aquellos productos con una reducción de azúcares añadidos y sal, y cantidades más “elevadas de fibra y mejor perfil de grasas insaturadas”, tal y como señalan desde la agencia de comunicación Servimedia.

En el comunicado, el Servicio de Salud catalán no estima necesario contar con un servicio proveedor de alimentos y bebidas en centros de atención primaria.

El propósito, asegurar que la oferta de alimentación y bebidas en las máquinas automáticas, comedores y cafeterías sea la adecuada, y fomente una alimentación más saludable y sostenible. Profundizando en las medidas, encontramos que, en lo que a alimentos sólidos se refiere, la Generalitat indica priorizar, como mínimo, el 75% de la oferta con opciones como hortalizas frescas, fruta fresca, frutos secos (crudos o tostados), sándwiches (a ser posible integrales y elaborados con aceite de oliva), fruta fresca envasada, leche, yogures (líquidos y sólidos) y otros fermentos lácteos, purés de verdura, zumos de fruta 100%, frutos de hortalizas como los de zanahoria o tomate, o elaboraciones en sintonía con los criterios nutricionales fijados.

La importancia del suministro de agua

En relación a las bebidas, el punto principal se centra en el suministro de agua, por el que se fija la necesidad de suministrarla de la red de abastecimiento de agua potable en todos los centros de salud catalanes, con las condiciones higiénicas pertinentes y evitando así las botellas u otros envases de plástico. Asimismo, el documento recoge que esta dispensación de agua, a ser posible, sea fuera de las máquinas (es decir, que se eviten las botellas de agua en pro de fuentes automáticas de agua).

Respecto al resto de bebidas, el Servicio de Salud de Cataluña insta a apostar por opciones refrescantes sin azúcares añadidos; y en las bebidas calientes, que se regule en todo momento el contenido de azúcar (hasta un máximo de 7,5 gramos por 100 ml).

Según Servimedia, la instrucción también especifica que los alimentos saludables han de contar con una “mayor visibilidad”, tanto en los escaparates de las cafeterías como en las máquinas expendedoras, destinándose a las filas a la altura de la vista. Además, debe evitarse o reducir la oferta de alimentos no saludables “junto a las cajas y lugares de paso obligado”.

De igual modo, también regula que en los productos dispensados en máquinas, cafeterías y comedores siempre haya opciones aptas para usuarios con celiaquía, y que estas sean claramente identificables.

Eliminar la publicidad en máquinas expendedoras

En lo relativo a la publicidad implementada en las máquinas automáticas de alimentación y bebidas, la Generalitat dictamina que se elimine, y que ese espacio se destine ahora a mensajes para promover la alimentación saludable.

Plazo de aplicación de las medidas

Avaladas por un comité de diversas sociedades científicas y sanitarias, la Generalitat confirma que estas medidas han de aplicarse en un plazo (máximo) de seis meses una vez entrada en vigor la instrucción, que en este caso, se hizo efectiva ayer, 20 de febrero. Y en aquellos casos en los que los contratos estén vigentes pasados los seis meses desde su entrada en vigor, el documento recoge que se deberá cumplir lo establecido en el mismo en el momento en el que termine el contrato.

Megabanner FRANKE Megabanner FRANKE
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