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La Rioja aprueba el decreto para promover la distribución automática más saludable en los colegios

La Rioja aprueba el decreto para promover la distribución automática más saludable en los colegios

HOSTELVENDING.COM 17/06/2019.- El Gobierno de La Rioja aprobó el viernes el decreto por el que se regulan las características nutricionales de los alimentos y bebidas ofertados en las máquinas expendedoras, ubicadas tanto en los centros sanitarios como educativos. La normativa se aplicará independientemente de su titularidad y mediante las dependencias de la Administración.

Como ya hemos comentado en otras ocasiones, si bien en últimos años la demanda de una alimentación más saludable ha incrementado notoriamente, los datos de consumo revelan que, paradójicamente, las preferencias continúan a día de hoy respondiendo a productos menos saludables. Si vinculamos este hecho a hábitos sedentarios, el resultado que se obtiene es una tendencia mayor a enfermedades ligadas con el sobrepeso.

Para poner dar solución a esta problemática, algunas comunidades autónomas ya están regulando normativas con el objetivo de impulsar un estilo de vida más saludable. Es el caso de La Rioja, que, a través del Plan III de Salud de La Rioja 2015-2019, proponen una "herramienta básica de planificación y de futuro que prevé las necesidades sanitarias de la población riojana para los próximos cinco años, y establece compromisos, tanto con los profesionales sanitarios como con la ciudadanía", explicó el presidente, Pedro Sanz, durante el acto de presentación.

Concretamente, en su capítulo 4 titulado "Hábitos, estilos de vida saludables y protección de la salud", introduce recomendaciones en materia de alimentación sana en los entornos educativo y sanitario. Una normativa que va en sintonía con las disposiciones actuales europeas, desarrolladas para impulsar la reducción del plástico; promoviendo, al tiempo, un envasado biodegradable y respetuoso con el medioambiente.

Productos en la distribución automática
De ese modo, si nos basamos en las medidas adoptadas para el sector de la distribución y restauración automática, este decreto regula los valores nutricionales que han de reunir dichos alimentos y bebidas que se pueden comprar en las máquinas; así como los ofertados en los establecimientos de restauración (cafeterías, por ejemplo).

Así, el propósito se basa en tres vertientes principales: reducir aquellos alimentos y refrescos hipercalóricos; promover una alimentación más saludable por la que se prevenga la obesidad y el sobrepeso y fomentar entornos e instalaciones que ayuden a una elección de productos más sanos.

¿Cúales son los parámetros que se deben aplicar a los productos envasados?
En primera instancia, la instalación de MEAB se limitará en ubicaciones donde el alumnado más joven -infantil y primaria- tenga acceso. En el resto de zonas, las máquinas que se podrán instalar y funcionar serán aquellas que almacenen un tipo de oferta concreta: 

Respecto a los alimentos: frutos secos naturales; fruta (fresca); panes integrales; yogures y otras leches fermentadas; platos de vegetales y sopas vegetales -como pudiera ser el gazpacho-. Por su parte, en cuanto a bebidas, solo estarán disponibles las siguientes: agua, leche y bebidas sin azúcares añadidos.

Otro punto es que se permitirá la inclusión de productos siempre y cuando cumplan características nutricionales tales como que la porción envasada no comprenda más de 200 kilocalorías, o que la grasa solo contará el 35% del producto -suponiendo 7,8 gramos respecto al total-. Además, los productos solo pueden contener un 10% de grasas saturadas. Un límite que no se aplicará a las grasas naturalmente presentes en los frutos secos -fuente de grasas saludables-, ni a la leche y derivados. Tampoco en los ácidos grasos que se encuentran -naturales- en algunos productos de origen animal. 

En cuanto al azúcar, se reducirá al 30% -siendo su porcentaje máximo- de las kilocalorías, lo que se traduce en un máximo de 15 gramos. Este valor no se aplicará a las frutas, zumos y hortalizas que no incluyan azúcares añadidos. En ese sentido, los productos envasados que se oferten en los colegios no podrán llevar edulcorantes artificiales.

Por otro lado, también se tienen en cuenta las intolerancias; las máquinas automáticas deben incluir en su oferta productos destinados a aquellas personas que padezcan intolerancias y alergias. Una medida inclusiva con la que todos pueden encontrar su producto en la distribución automática sin preocuparse por su salud.

Otro tema cada vez más relevante y presente en nuestra sociedad es el reciclaje y la implantación de envasados respetuosos con el medioambiente. En ese sentido, la normativa también demanda productos sin vaso y envasados biodegradables.

Pedro Sanz ha matizado que el Plan “es fruto de un amplio consenso y nace de la experiencia que nos han proporcionado los anteriores planes, que arrancaron en 2004, con el gran objetivo de mejorar, no sólo desde un punto de vista sanitario, sino, sobre todo, como sociedad del bienestar”. 

Megabanner FRANKE Megabanner FRANKE
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