Comidas y bebidas de las máquinas expendedoras en oficinas, ¿exentas de IRPF?
HOSTELVENDING.COM 27/04/2023.- Tal y como recogen desde la Dirección General de Tributos (DGT), los productos de alimentación y bebidas ofrecidas por las empresas a sus trabajadores a través de la distribución automática son un pago libre del impuesto de la renta (IRPF), al ser un equivalente a los tickets o cheques de restaurante.