El vending no precisa de autorización previa para comenzar la actividad

HOSTELVENDING.com 24/08/2016.- Hoy tratamos una nueva página dentro de nuestros contenidos veraniegos. También se trata de una información más relacionada con las nuevas empresas que con el profesional con experiencia, lo que nos da una idea del interés que levanta este tipo de negocio.
Hay mucha persona interesada en entrar en este sector y cuando recurre a nuestra web para buscar información hace parada obligada en todo lo relacionado con los trámites y la documentación necesaria para empezar.
También para el profesional en general, una de las noticias más positivas de los últimos años fue la eliminación de la autorización previa para instalar máquinas expendedoras allá por 2010.
Fue el momento en el que entró en vigor la Ley 1/2010 de reforma de la ley de ordenación del comercio minorista, una normativa que entre las modificaciones que incluyó fue la eliminación de la autorización previa para ejercer la actividad de la venta automática que debía solicitarse entonces a la autoridad competente en materia de comercio.
Se suprimió el apartado 3 del artículo 49 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, en materia de establecimientos comerciales, y se le dio una nueva redacción a su segundo apartado, que reza de la siguiente manera: "Los distintos modelos de máquinas para la venta automática deberán cumplir la normativa técnica que les sea de aplicación”.
Era la fórmula por la que optaba el Gobierno de entonces para liberalizar los servicios y sobre todo la actividad comercial, eliminando trabas para así facilitar la creación de nuevos negocios.
Sin duda ha sido un alivio para muchas nuevas empresas que han tenido algo más fácil el inicio de actividad, pero tampoco demasiado ya que los trámites para convertirse en empresa o emprendedor siguen siendo costosos.
Un amplio repaso los realizamos en la actualización sobre las licencias y documentos necesarios que nos van a exigir para este tipo de negocio.
En este sentido os dejamos un recorrido por las ‘Normas básicas para iniciar un proyecto en el Vending’, una serie compuesta por cinco capítulos publicadas en nuestra web en la que se recopila toda la información que se necesita para poner en marcha la actividad.
Se repasan desde los requisitos para el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, a los requerimientos que existen en materia de protección de datos, las normas higiénico sanitarias que debe cumplir la empresa, la obligación en materia de gestión de residuos, la necesidad de establecer un sistema de trazabilidad de los productos o las exigencias para el transporte de alimentos o la identificación de las máquinas.
-Normas básicas para iniciar un proyecto de vending 1.
-Normas básicas para iniciar un proyecto de vending 2.
-Normas básicas para iniciar un proyecto de vending 3.
-Normas básicas para iniciar un proyecto de vending 4.
-Normas básicas para iniciar un proyecto de vending 5.
En nuestro segundo capítulo de los contenidos veraniegos de Hostelvending.com recuperamos dos de las entradas que más interés han despertado entre nuestros lectores.
Recurrimos a un modelo de negocio muchas veces considerado menor, pero que mueve mucho dinero al año y muchísimas máquinas a lo largo y ancho de nuestra geografía.
De nuevo es un tema recurrente porque hace referencia a segmentos e iniciativas empresariales que puede emprender cualquier persona sin un conocimiento profundo del sector. Bien es cierto que el profesional especializado es el que más rendimiento le saca, pero el pequeño empresario que se inicia en este mundo también ha aprendido a sacarle partido.
Hablamos de un tipo de vending que se centra en las máquinas pequeñas, algunas de ellas incluso todavía mecánicas. Un negocio simple, que no precisa de demasiada inversión y cuyo mantenimiento tampoco se lleva grandes cantidades.
Licencias y documentos para iniciar la actividad en el vending